TESTIMONIO: VISTO: Las periódicas modificaciones a las tarifas domiciliarias e industriales presentadas a consideración del Honorable Concejo Deliberante, y CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Honorable Concejo Deliberante analizar las variaciones tarifarias de la Cooperativa de Electricidad General Balcarce Ltda., Que las variaciones producidas en las tarifas eléctricas han su-rido en los últimos meses modificaciones que han obligado a este Concejo a una especial atención para autorizar la convalidación de las mismas, Que el Concejo entrará en receso próximamente, Que de producirse modificaciones en las tarifas eléctricas, éstas no serán analizadas hasta la iniciación de las reuniones ordinarias de este Cuerpo Deliberativo, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 205/87 -------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, durante el período de receso ------------ del Honorable Concejo Deliberante, a incrementar de pleno derecho las tarifas de energía eléctrica, en lo referente a los rubros, gastos generales (con incidencia del 7,6% del total), y amortizaciones (con incidencia del 15,6% del total), en un 100% y 70%, respectivamente del índice inflacionario corres-pondiente al período que sea solicitado por la Cooperativa de Electricidad Gene-ral Balcarce Limitada.---------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veinticinco días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y siete. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--